Por norma consuetudinaria, cada libro tiene una página de créditos y es aquella que solemos encontrar en la página 4 o 6 de cualquier libro. (Depende de si el libro lleva páginas de cortesía y portadilla).
También se la conoce como página legal, de créditos, de derechos o de propiedad.
Esta parte del libro reúne una multitud de datos relacionados con la propiedad intelectual, advertencias para el lector y números identificatorios, entre otras referencias.
La página de derechos es la página compuesta por informaciones que identifican a quienes han intervenido en la creación, edición, producción y publicación de una obra, sea impresa o digital, como también por datos relativos a la identificación de la obra.
No existe una norma o ley que obligue a incluir incorporar esta sección dentro de un libro. Sí hay algunos datos que son obligatorios para un libro y se elige ubicarlos en esta página, como el número del depósito legal.
Sin embargo, todas las publicaciones llevan una página o parte de ella con datos que atañen a la publicación. Por ejemplo, en los periódicos y las revistas solo una pequeña porción de la plana se destina a esta información.
Por otro lado, no hay una pauta estricta de lo que debe contener esta página de créditos. Tampoco existe un orden establecido de los elementos dentro de ella, aunque alguna bibliografía sí lo advierta.
En definitiva, esta página de derechos es hija de los usos y costumbres del sector editorial que tienen origen en el de las artes gráficas.
Composición de la página legal o de derechos
La cantidad de información que podemos hallar en una página de créditos depende del tipo de obra; asimismo, el orden y la distribución de los datos.
Una obra compleja traducida incluirá más líneas de créditos que una autoeditada en la que solo ha trabajado su autor. Más todavía si la obra incluye fotografías o ilustraciones.
Desde la perspectiva tipográfica, en las obras sencillas caja tipográfica es la misma que la del resto del libro.
La fuente de los textos de la página de créditos suele ser la misma que la del texto principal; también el tamaño, aunque a veces con uno o dos puntos menos.
En las obras complejas, tanto la tipografía como su tamaño dependerán del diseño; incluso pueden componerse con diferentes fuentes y cuerpos.
Generalmente, la alineación de los datos es marginados a la izquierda y se componen en redonda; se exceptúan los datos que normativamente se deben escribir en cursivas, como el nombre de la obra. Algunas palabras o expresiones pueden resaltarse con cursivas o con versalitas.
La distribución de los espacios entre párrafos o bloques de información son indistintos.
Encontramos libros con bloques de información separados por generosos blancos y sin ellos, con las líneas consecutivas o separadas con un renglón vacío. También otros con la página legal aprovechada al completo y con la textura de la mancha más compensada.
La imagen contiene páginas legales de libros que, por lo general, abarcan menos información que las de las publicaciones periódicas.
¿Qué información debe contener la página de créditos?
Por repetición y coherencia, las editoriales y los autores que autopublican suelen utilizar un modelo de página que se repite título tras título.
Cada uno tiene la libertad de elegir qué desea y qué no hacer constar en esta página legal.
Los elementos que podemos encontrar en la página de créditos de un libro, de forma enumerativa y no limitativa, son:
Copyright
Es un sistema que regula la propiedad intelectual y el derecho de autor.
Empleado en los países anglosajones, para las obras en español comenzó a usarse a partir de la segunda mitad del siglo pasado.
Significa que cualquier persona o entidad que se encuentre al lado del símbolo © posee los derechos patrimoniales o económicos exclusivos sobre dicha obra.
Lo más habitual es encontrar dos © en la página de créditos de los libros. Por un lado, el del autor, haciendo constar su nombre o su seudónimo, y, por otro, el de la casa editora. En ambos casos, precedido o seguido del año de publicación.
© Juan Pérez Gómez, 2023
© Ediciones CMYK, 2023
Cuando las ediciones son muchas, tras el nombre de la editorial se mencionan las fechas de las ediciones y reimpresiones. Las ediciones se destacan de las impresiones por el resalte en negritas.
© Ediciones CMYK 2001, 2002, 2004, 2008, 2010, 2013, 2015, 2017, 2019, 2021, 2023.
En las obras traducidas también hallamos un tercer copyright que corresponde al traductor.
© Paula Nauta Grande, por la traducción
Si parte o secciones del libro han sido escritas por otras personas, también constarán sus nombres. Tal es el caso de los prólogos o de la presentación.
© Gabriel Infante Forte, por el prólogo
© Bibiana Martos Ponce, por las anotaciones
En caso de que el libro contenga ilustraciones o fotografías, también aparecerán los nombres de estos profesionales.
© Tiago González Arteaga, por las ilustraciones
© Estudio Tveo, por las fotografías
En definitiva, en este bloque veremos todas aquellas personas que detentan algún derecho de autor: adaptador, compilador, etc.
Por otro lado, es corriente encontrar el nombre de la obra precedido del © y seguido del año de publicación:
© El desamor en los tiempos de pandemia, 2023
Título y editor original
En obras traducidas se incluye el título del libro en su idioma original; a veces también el editor de esta obra.
Las editoriales que publican libros bajo la modalidad de coedición editorial suelen estar obligadas por contrato con el coeditor a introducir esta información en la página de créditos.
Título original: The Woman Who Found Her Face
© MakeUp Editions, Londres, 2023
Ediciones y reimpresiones
Hace referencia al número de edición del libro: primera, segunda, etc.; a la cantidad de reimpresiones de esa edición, y a nuevas ediciones del mismo libro.
Para conocer la diferencia entre edición, reimpresión y nueva edición, lee esta entrada. Más números de reimpresiones y de ediciones evidencian el éxito de la obra, de que esta se ha vendido bien.
1ª edición: abril 2019
1ª reimpresión: enero 2020
2ª reimpresión: agosto 2020
3ª reimpresión: febrero 2021
4ª reimpresión: junio 2022
2ª edición: enero 2023
Registro de propiedad intelectual
Aunque es más empleado en libros que los autores publican sin el amparo editorial, nada impide hacer constar el número de registro de la obra.
Se haya hecho el registro mediante el sistema público o privado, la obra obtiene un número de trámite que puede agregarse a la página de créditos.
Registro de Propiedad Intelectual N.º 97.357
Código de registro: 1710033671267
Asimismo, algunas editoriales dejan constancia de un número de identificación o referencia interna también en esta sección.
Depósito legal
Consiste en la obligación de depositar las obras en una institución de carácter público. En España, deben hacerlo los editores y autores-editores españoles que publiquen sus libros (más información).
Depósito legal: M-14705-2022
DL: B 23213-2017
El Depósito legal debe figurar en la misma página que el ISBN y en las publicaciones periódicas en la mancheta (donde aparece el directorio o staff).
Según el país, pueden existir otras obligaciones legales como, por ejemplo, es el Registro del Proyecto Editorial en Perú.
ISBN, ISSN, NIPO, ISNI, DOI…
El ISBN (International Standard Book Number) es el código numérico de 13 cifras requerido para comercializar un libro. Se usa con fines estadísticos, comerciales y bibliográficos para identificar un volumen.
Para las publicaciones periódicas se utiliza el ISSN (International Standard Serial Number). En tanto que para las publicaciones oficiales del Estado español es el NIPO (Número de Identificación de Publicaciones Oficiales).
El ISNI (International Standard Name Identifier) es un identificador de identidades públicas relacionadas con la creación, producción, gestión y distribución de contenidos intelectuales o artísticos.
Por su parte, el DOI (Digital Object Identifier) es un identificador único y permanente para las publicaciones electrónicas.
Otros identificadores bibliográficos pueden ser ISRN (International Standard Technical Report Number) y el ISTC (International Standard Text Code), entre otros.
Dedicatoria
Algunos libros incluyen la dedicatoria en la página de créditos, incluso alguna línea estilo agradecimiento.
Aunque Martínez de Sousa sentencie que es un desaguisado y es antitético insertar la dedicatoria en esta página, a efectos prácticos, se hace.
El criterio para su inclusión puede ser por el tipo de libro; por cuestiones de espacio (tal vez no hay otra página disponible para introducir esta línea); por la composición interior de la publicación o por criterio editorial.
Descargo de responsabilidad
Una frase aclaratoria sobre algún aspecto de la obra, al mejor estilo “Cualquier parecido con la realidad es mera coincidencia”.
El objetivo es desligar de responsabilidad al autor y la editorial si la obra de ficción encuentra parangón en la realidad.
Aunque inspirada en parte en sucesos históricos, esta novela contiene personajes, lugares y circunstancias ficticias.
En un libro de no ficción esta frase puede incluirse para desligar de responsabilidad a los autores y editores en el uso de alguna herramienta o instrumento.
En una obra compleja, por la imposibilidad de localizar a todos y cada uno de los poseedores de los derechos de autor, las editoriales optan por incorporar frases tales como:
El editor ha hecho todos los esfuerzos posibles para obtener los permisos pertinentes de todo el material reproducido en este libro. Si se hubiera producido alguna omisión, pedimos que nos hagan llegar por escrito la solicitud correspondiente para subsanar el error.
O, por ejemplo:
El editor está a disposición de los titulares de derechos de autor con los que no haya podido ponerse en contacto.
Notas
Según el tipo de obra, también podemos tropezar en esta página con alguna nota. Esta puede referirse a cualquier tipo de información.
Las notas pueden referirse a asuntos tales como:
- un aspecto contractual o legal;
- los criterios lingüísticos adoptados en la publicación;
- el modo en el que se debe emplear un utensilio o herramienta;
- cómo citar la publicación en otros títulos;
- referencias a marcas registradas o propiedad industrial, etc.
Por ejemplo:
Esta edición se ha publicado gracias al acuerdo con Agentes de Escritores Agency.
La manera correcta de citar este libro como bibliografía es…
“X” e “Y” son marcas registradas de…. Se prohíbe usar estos términos sin la autorización expresa de…
Imprimátur y similares
Las obras eclesiásticas pueden incluir un imprimátur en la página de créditos. Su fin es garantizar que no va en contra de la Iglesia Católica a la que el libro pertenece.
También podemos encontrar las expresiones nihil obstat e imprimi potest.
Aviso legal o reserva de derechos
Es el párrafo donde se explicita las condiciones de reproducción de la obra.
Aunque con la escueta frase “Reservados todos los derechos” sería suficiente, se suele adicionar un texto aclaratorio:
No se permite la reproducción total o parcial de esta obra, ni su incorporación a un sistema informático, ni su transmisión en cualquier forma o por cualquier medio (electrónico, mecánico, fotocopia, grabación u otros) sin autorización previa y por escrito de los titulares del copyright. La infracción de dichos derechos puede constituir un delito contra la propiedad intelectual.
Otros textos pueden ser:
Reservados todos los derechos. El contenido de esta obra está protegido por la Ley, que establece penas de prisión y/o multas, además de las correspondientes indemnizaciones por daños y perjuicios, para quienes reprodujeren, plagiaren, distribuyeren o comunicaren públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la preceptiva autorización.
Queda rigurosamente prohibida, sin la autorización escrita de los titulares del copyright, bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, incluidos la reprografía y el tratamiento informático, y la distribución de ejemplares mediante alquiler o préstamo públicos.
Queda prohibida la reproducción total o parcial por cualquier medio de impresión, en forma idéntica, extractada o modificada, en castellano o en cualquier otro idioma.
Prohibida su reproducción total o parcial sin el permiso previo de los autores/editores.
Los autores y editores asociados a CEDRO, también incluyen la siguiente frase:
Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos) si necesita fotocopiar o escanear algún fragmento de esta obra. Puede contactar con CEDRO a través de la web www.conlicencia.com o por teléfono en el 917021970 / 932720447.
En caso de que el libro se publique bajo alguna licencia Creative Commons (copyleft) debe especificarse sus condiciones.
Este libro se publica bajo los términos y condiciones de la licencia Creative Commons Atribución-No comercial-Noderivar 3.0 (CC BY-NC-ND)
Colaboradores
Por lo general, sin derecho patrimonial sobre parte de la obra, algunos libros incluyen los profesionales que han participado en la edición y su cuidado.
Representación literaria: Agentes de Escritores Agency
Revisor de la traducción: Susana Balbi Morgavi
Coordinación editorial: Adela Primicia
Correcciones: TxT Soluciones Editoriales
Diseño de la colección: Estudio Esperanza Verde
Diseño y composición: Carola Díaz Repetto
Fotografía de cubierta: © Ignacio González Garro
Ilustraciones del interior: © Josefa Míguez Espinoza
Coordinación de la colección: Manuela Sáenz Pernoz
Pie editorial
Se refiere a los datos de la casa editorial que publica el libro.
Malaquita Ediciones
Calle de las Tortugas, 135 · 08001 Barcelona
Teléfono de contacto: +34 933 933 933
www.malaquitaediciones.com
hola@malaquitaediciones.com
Por tanto, en la página de créditos se incluyen el nombre de la editorial, el domicilio social y a veces un teléfono de contacto. En las obras más nuevas también encontramos la URL de la página web y una dirección de correo electrónico.
En obras traducidas también puede insertarse el pie de imprenta de la casa editora que publicó la obra en versión original.
Pie de imprenta
Conformado por los datos de la imprenta. En el caso del libro impreso, indica quién ha hecho la impresión y los datos de contactos. El país de impresión del libro suele ir en español e inglés.
Impreso por Impresiones Gráficas RGB
Calle de las Imágenes, 343. 08001 Barcelona
info@igrgb.es – www.igrgb.es
Impreso en España – Printed in Spain
En algunos libros los editores deciden incluir el pie de imprenta en el colofón del libro.
Certificaciones
Las certificaciones medioambientales también se incluyen en esta parte del libro. Son un recurso que garantiza el origen de la materia prima y el proceso de fabricación del papel.
Las certificaciones más conocidas son FSC®, PEFC, EU Ecolabel y Cradle to Cradle Certified®.
El uso de los logotipos y los textos de las certificaciones no es aleatorio y depende de cada certificación. La imprenta es quien brinda los datos sobre cómo debe plasmarse la información.
Directorio
Esta parte de la página de créditos suele encontrarse más en las publicaciones periódicas o libros coleccionables.
Aquí podemos localizar los nombres y los cargos de personas que tienen algún tipo de relación con la publicación, sea porque el libro se publica bajo el amparo o auspicio de alguna institución o empresa, o bien porque han participado en su producción.
Con diferente terminología según cada país o tradición, encontramos menciones a directores, editores, comités o consejos (editorial, de redacción, asesor), revisores; también a colaboradores y asesores, además de referencias a la publicidad y la distribución.
Instituciones, entidades y/o empresas
Hay entidades que financian la publicación mediante subvención, apadrinamiento, patrocinio, cooperación, amparo, etc. Es decir, instituciones que tiene algún tipo de relación con la publicación o a la que esta pertenece.
Esta obra se benefició del apoyo de los Programas de Ayuda a la Publicación del Institut Français.
La publicación de libro se ha financiado con la ayuda de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).
En estos casos, se menciona la institución en la página de créditos y puede aparecer también su logotipo.
En el caso de las publicaciones oficiales, las instituciones públicas tienen la obligación de identificarse (Real Decreto 1465/1999), sean editores, coeditores o partícipes de otro modo en la edición.
Información tipográfica
Ciertas publicaciones incorporan información sobre las tipografías empleadas en la composición del libro.
Tipografías utilizadas: familias Minion Pro y Myriad Pro.
Las fuente empleada en la composición de este libro es Simoncini Garamond a 11 pt.
También puede añadirse en qué programa se ha hecho la maqueta de la publicación:
Puesta en página realizada en Adobe InDesign 18.1, utilizando las tipografías: Adobe Jenson Pro, Helvetica Heue y Zapfino.
Materiales de impresión
Al igual que se hace referencia a ciertos aspectos compositivos, puede añadirse información sobre la materialidad del libro.
Este libro ha sido impreso con un papel ahuesado y satinado de ochenta gramos y ha sido compaginado con la tipografía Simoncini Garamond en cuerpo 11.
O, por ejemplo:
Offset ahuesado de 90 g/m2, proveniente de bosque certificado.
Catalogación
Se emplea, sobre todo, en libros producidos en el continente americano, encontramos datos relativos a la catalogación de la obra.
Esta información ayuda al sistema bibliotecario a catalogar adecuadamente el libro. Es especialmente relevante en publicaciones científicas y académicas; también en aquellas que son de consulta permanente, ya que facilitan su ubicación en las bases de datos.
Aunque los ejemplos sean para el libro impreso, el contenido de una página de créditos también se incluye en el libro digital. Puede colocarse tanto en las primeras páginas como al final de libro, según el gusto del autor o editor.
Otros aspectos que pueden aparecer en la página de créditos
Además de los ítems mencionados, también podemos agregar los siguientes en la página legal:
- premios literarios recibidos por el autor;
- otras obras del escritor publicadas por la misma editorial;
- códigos QR;
- indicaciones de uso o instrucciones de lectura, etc.
Ya en desuso, antiguamente también se incluía el exlibris del escritor en la página de derechos.
Las imágenes de las páginas legales fueron tomadas de internet, de los primeros fragmentos que las editoriales comparten en sus páginas web o bien de trabajos en los que participé.
Hola, Mariana. Me parece muy útil este artículo sobre la página de créditos, ya que noto que hay cierta confusión entre los autores acerca de lo que debe contener.
Aunque no haya obligación legal de incorporar dicha página, no puedo imaginar que sea correcto prescindir de ella, puesto que proporciona información relevante sobre el libro y las personas que han participado en su producción.
Muchas gracias por recopilar estos datos. Añado esta entrada a mi lista de favoritos para compartirla también por las redes de mi blog. Saludos.
Yo tampoco me imagino obviando esta página de un libro Valentina.
¡Muchas gracias a ti por compartir!
Según la ley del libro, sí es necesario el ISBN en todas las publicaciones destinadas a la venta, incluyendo los libros electrónicos.
Por otra parte, aunque la ley del libro pide el depósito legal para las publicaciones electrónicas, a efectos prácticos no es necesario este trámite.
Hola Mariana, mi cargo en la empresa es Diseñador editorial. Debido al flujo de trabajo la editorial utiliza con frecuencia diseñadores/maquetadores freelance para agilizar la produción, sin enmbargo, mi labor en esos casos de de acopio, verificación y homologación de los archivos para artes finales, de acuerdo a la plataforma en que se desean publicar (impreso, ebook pdf, ebook ePub).
Actuamente, mi crédito en la página legal aparece como procesos técnicos a falta de otro calificativo. Podrías indicarme ¿cuál debería ser el crédito que debo usar en estos casos?
Hola, Munir. Sinceramente, no sabría qué decirte porque, por lo general, este tipo de créditos no suele aparecer en los libros. Como no hay obligación de incluir esta página en un libro y tampoco de consignar los profesionales que intervienen en la producción del libro en ella, queda al libre gusto de cada empresa. Creo que Coordinador técnico o Coordinación de artes gráficas tal vez quedaría mejor. Saludos.
Hola, muy bueno tu artículo, me encuetro maquetando un libro, soy diseñador gráfico, mi duda es.. se puede usar de fondo una imagen en la hoja legal de un libro? es decir un paisaje, algo similar alusivo al libro, o es imperativo que la hoja sea totalmente en blanco mas que el texto legal.???
Hola, Javier. No existe obligatoriedad incluso de tener una página legal, así que puedes hacer con ella lo que desees. 🙂
He hecho páginas legales con fondo negro y letras en blanco, y también con fotografías como fondo de la página. Saludos.
Saludos Cordiales, estoy haciendo un libro de edición limitada, este debe llevar los datos del deposito legal del libro, la imprenta que lo imprimio y los datos del diseñador y diagramador, tambien el numero de copias?
No es necesario, Liz; si quieres incluirlo puedes hacerlo, pero no es una obligación legal. Saludos.
Muy buena página, es de gran utilidad. Voy a aprovecharme un poco de tus conocimientos y te voy a hacer una pregunta. ¿Si lo único que has hecho con respecto al registro del libro es registrarlo en la Oficina de Registro de Propiedad Intelectual de tu país, puedes poner en la página de derechos «Todos los derechos reservados»? ¿o algo más concreto?
Hola, Luis.
El registro es voluntario y solo útil en caso de un juicio, donde la carga probatoria le correspondería a la otra parte.
El derecho de autoría es tuyo, pero los demás derechos habría que ver si los has cedido o no mediante un contrato de edición. Las editoriales, por lo general, incluyen “Todos los derechos reservados” porque el autor les cede los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, etc. de su obra.
Hola, Mariana, ¿cómo estás?
Muy bueno el artículo y toda la info del blog.
Quería pedirte, si no es mucha molestia, si podías compartir algunas imágenes de ejemplos de cita de entidades patrocinadoras donde se las nombre en página entera (no con una línea en la página legal) con logos y otra información relacionada a dicha entidad.
Muchas gracias!
Hola, Flavia. Lo siento, pero esa búsqueda demanda un tiempo del que ahora mismo no dispongo. Estoy trabajando en una nueva edición de esta publicación que tal vez encaje en lo que buscas. Saludos.
Gracias por tu respuesta, Mariana! La opción que me dejaste me es muy útil!
Una última consulta. Tomando como ejemplo el que me pasaste y pensando en un libro impreso, ¿sería recomendable que la página donde aparezcan las entidades patrocinantes esté antes o después de la página legal?
Muchas gracias nuevamente!
Depende del tipo del libro y de lo que quiera el editor. Por lo general, suelen estar antes, para que «se vean más».
Hola Mariana,
Iba a editar un libro y no deseaba poner la dirección de la editorial, SÍ, lógicamente, el copyright con la identificación de la editorial.
El caso es que mi diseñador lo ha visto y me dice que es requisito legal mencionar dirección fiscal, CP y ciudad. Yo creo que no es así, pero ahora me empiezan a entrar las dudas, ¿hay alguna obligación legal al respecto?
También quería poner sólo «Impreso en España» porque todos los créditos van en español y me choca tener que duplicar sólo esto en inglés. No lo encuentro mucho sentido la verdad.
Gracias por tu atención,
Jose.
Hola, José:
La única obligación que existe para un libro, si es publicado por un editor, es la inclusión del número del Depósito legal en alguna parte del libro; todo lo demás es «a gusto del consumidor», incluso el ISBN. Por tanto, no existe imperativo legal alguno para poner la dirección de la editorial o su NIF. Tampoco Printed in Spain, que es una costumbre pero no una obligación.
Saludos.
Gracias por el artículo. Muy útil. Sólo iba a poner el nombre con el copyright y veo que pueden colocarse muchos más datos que le dan a la edición más «seriedad».
Hola soy nueva en todo esto y quisiera consultar, estoy armando una revista digital y quisiera saber donde puedo averiguar la parte legal lo que necesito para publicarla? es de avisos publicitarios barriales. gracias!!
Hola, Melisa. Como se trata de un entorno digital, debes considerar el aviso legal, la política de privacidad y ley de cookies. Sugiero que averigües aquí. Saludos.
Mariana, en mi proyecto debo hacer un libro electrónico, quería preguntarte que normas, o proceso legal se debe tener, si el libro debe ser gratuito para el publico.
No hay imperativos legales para publicar un libro digital. El libro será gratuito si así lo decide el autor/editor, pero no porque sea un ebook tiene que ser gratuito.
Hola Mariana.
¿Qué es exactamente el copyright ‘de esta edición’. Entiendo el del autor, que se habrá preocupado de registrar la obra (el contenido, el texto) en Safecreative o el Registro de la Propiedad antes de enviarla a ninguna editorial (entiendo también que el editor lo da por hecho, pues en un libro que me publicaron lo pusieron sin consultarme). Pero, ¿qué registra el editor y cómo lo hace? Supongo que es un registro del libro físico (ese texto con esa cubierta, ese grosor, ese peso, esa medida, esos colores…) y que, por tanto, se realiza una vez sale de imprenta, también en un registro de propiedad… ¿intelectual?
Gracias.
Hola, Luis:
Según la Ley de Propiedad Intelectual española el autor es autor por el mero hecho de crear. No requiere registro de su obra para que se lo considere como tal. Encuentras más información al respecto en este enlace.
El copyright del editor tampoco necesita registro alguno y este deriva del contrato de edición, donde el autor cede al editor determinados derechos sobre su obra; es decir, el autor autoriza al editor a realizar determinadas acciones sobre su obra, como convertirlo en libro, distribuirlo, venderlo, etc.
Lo primero refiere a derechos morales del autor y lo segundo a derechos patrimoniales o económicos, que son los únicos que se pueden ceder a otra persona o entidad.
Un saludo.
¿Entiendo, entonces, que escribir «(c) de esta edición, Ediciones Fulanito, 2016» no implica haber realizado ningún trámite burocrático, ni pago de tasa alguna, más que el propio contrato editorial?
Saludos.
Exacto.
Saludos Mariana. Útil artículo, gracias. Por favor podrías exponerme la difería (si la hay) entre derechos de autor y crédito. Si yo como escrito contrato a un traductor para mi obra y le pago por dicho trabajo, el traductor obtiene derechos de autor por esta traducción. O simplemente debo poner en la página de crédito su nombre manifestando su trabajo o colaboración. Debo pagarle regalías y pedirle permiso para publicar la obra traducida.
Hola, Carlos:
El derecho de autor sobre la traducción siempre será del traductor: es un derecho moral y, como tal, irrenunciable. La forma de compensación por su trabajo es distinto del derecho de autor.
La forma de remuneración de la traducción dependerá de lo que se establezca en el contrato: si es a tanto alzado (se paga por el trabajo sin derecho a regalías) o se paga por el trabajo más regalías de acuerdo a las ventas.
El traductor aquí aplica igual que un autor: sin su autorización no puedes publicar una traducción suya y, entiendo, que algún tipo de compensación querrá. Qué tipo, cuánto y cómo ya forma parte de la negociación que tú realices con él.
Saludos.
Gracias Mariana por la respuesta.
1.-Te puedo hacer otras preguntas por este medio.
2. Sobre la diferencia entre crédito y derecho de autor talvez me respondiste, mas como ignoro este tema no me di cuenta, por eso vuelvo a preguntar de otra forma, ¿hay diferencia?.
3. El traductor tiene derecho moral, ok. ¿Este derecho le permite publicar también si no hubo un contrato previo que se lo impidiera. Puede incluso vender sus derechos a otros?
4. porfa. Si me puedes conceder otro dato importante sobre los derechos del traductor que no he pregunto gracias.
1. Las justas y concretas que permiten este espacio de comentarios en el blog. Si necesitas asesoramiento concreto sobre un tema o situación ofrezco servicio de consultoría.
2. Son cosas diferentes: el crédito es una mención y el derecho es una facultad.
3. Sí y sí.
4. Depende del proyecto, unos u otros datos pueden ser relevantes.
Hola Mariana he escrito un ebook y lo registre en Safe Creative. mi pregunta es en la pagina legal del ebook puedo usar el simbolo (C) sin haberme registrado? por ejemplo puedo colocar «(c nombre Autor, 2016» sin haberme registrado en el copyright?.Gracias por tu tiempo
Sí, Alex. El registro es independiente del derecho de autor. La legislación española y el Convenio de Berna (a la que adhieren unos 80 países además de España) establece que el autor lo es por el mero hecho de crear. Por tanto, el copyright de los derechos morales te corresponden plenamente.
muchas gracias por la informacion
Hola Mariana,
como siempre, excelente en los temas que eliges y su forma de exposición.
Te consulto esto: tengo en el tintero un libro de una editorial de una universidad pública en Argentina. Se harán pocos ejemplares por que gran parte de la edición se regalará y lo que quede se venderá a bajo precio.
Estoy pensando en la página legal y en poner todo lo contrario a lo que se usa en ediciones comerciales. Es decir, «se autoriza la copia del libro siempre que se dé crédito a los autores y la editorial universitaria. ¿Tienes un modelo de este tipo de texto? O piensas que conviene… simplemente el vacio, el silencio y no poner ningun texto en la página de créditos. Mil gracias
Hola, Clara:
No tengo un texto de ese estilo porque rarísima vez se utiliza, pero en la página legal, y más siendo la autora y/o editora, puedes poner lo que quieras. No hay obligación legal de poner una u otra cosa.
Hay libros que se publican bajo alguna licencia Creative Commons y así lo consignan en la página legal. Tú puedes hacer lo mismo, y tema resuelto. 🙂
Es preferible escribir algo que dejarlo vacío, porque se entendería que existe copyright sobre la obra. Mira las licencias CC porque alguna seguro se ajusta a lo que quieres y entonces pones esta información y ya está.
Saludos.
Hola Mariana, tengo una gran duda. En México somos muy proclives a usar títulos para todo, así, en artículos de revistas e incluso en libros podemos verlos firmados por el «Licenciado Pérez» o «Arquitecto González». Es una práctica muy común aunque no deja de ser de mal gusto. Esto lo dejo como antecedente para lo siguiente: Actualmente me encuentro trabajando una serie de libros en los cuales debe aparecer en la página legal un directorio de gobierno, desde el gobernador hasta el editor en jefe. Insisten en ponerle a cada uno de ellos sus distintos títulos (M. en C. Pedro Pérez, M.V.Z. Arturo Ramos, L.A.E. Miguel Juárez y así sucesivamente). A pesar de que no es un uso incorrecto, es de pésimo gusto. Mi solicitud es si no tienes bibliografía en donde me pueda basar para rebatir el uso de estos títulos universitarios en cada uno de los nombres e los funcionarios o en dónde puedo buscar las bases para que éstos no aparezcan con argumentos sólidos. Muchas gracias
Hola, César:
En Alemania es muy común el caso que cuenta de México. Hasta tal punto que en el DNI constan también los títulos que tienes 🙂
Que yo sepa, no existe más «norma» que la consuetudinaria. Por lo general, los nombres suelen ir sin títulos, pero es cierto que cuando se trata de instituciones parece que ponerles tratamiento a los nombres los hace más importantes.
No tengo bibliografía alguna sobre este tema (he mirado un poco en la biblioteca) y recuerdo que tampoco encontré información sobre la página legal cuando elaboré esta entrada.
Cuando algún cliente me dice cosas como estas: «Yo he visto novelas que entre párrafo y párrafo tienen un espacio en blanco», yo respondo: «Te animo a que te acerques a la biblioteca y cojas 10 o 20 libros y apuntes cuántos de ellos tienen el espacio en blanco entre párrafos». A veces el único argumento que nos queda es la realidad… Me parece que tendrás que recurrir a estas «soluciones».
Saludos.
Hola Mariana. Estoy jubilado, por lo que ahora he pasado de tener una profesión a ser pensionista. En mi nuevo estado he escrito un eBook y quiero publicarlo. ¿Puedo hacerlo o para ello debería estar dado de alta como autónomo?
Un Saludo.
Hola, Fernando. No hace falta en tanto las ventas no sean muy grandes y ganes mucho dinero con las regalías. De todas formas, lo mejor siempre es que consultes a un gestor. Saludos.
Hola, Mariana. Te felicito por tu blog y te agradezco por todo lo que nos aportas. Aunque llevo muchos años en el mundo del libro siempre encuentro muy interesantes tus artículos. Tienes una gran generosidad.
Recibe un gran saludo.
Gracias a ti, Virginia, por leerme 🙂
Hola Mariana, tengo una duda. Es necesario incluir la empresa a la que se compra imágenes que se utilizaron en el libro?
Muy útil toda esta información.
Gracias!
Hola, Crucita. Depende de las condiciones de contratación que establezca el banco de imágenes. Revisa los términos y condiciones de la empresa, que allí debería estar indicado cómo realizar las menciones al copyright. Saludos.
Hola Mariana:
Gracias por la información de la página, muy completa y útil.
Quería preguntarte si es posible poner un título para un libro de Fotografía si coincide con una marca registrada de otro rubro y sector no fotográfico
Muchas Gracias
Atte.
No sabría decirte, porque las marcas y patentes se encuadran en un derecho y ley diferente de la propiedad intelectual. Así y todo, el sentido común me indica que se registra una marca justamente para que no sea usaba sin reparos por terceros.
Sugiero que averigües qué usos que permite la marca de su nombre. En España los registros sos públicos y se consultan en la web de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Y, en última instancia, que solicites permiso a esa marca para ser nombrada en tu libro.
Saludos.
Hola Mariana: En mis estudios de maestría, he leído un libro protegido por el Copyright tanto del autor como de la imprenta y la traductora. Debo hacer un resumen del mismo y quisiera subirlo a Slide Share y otros sitios digitales. Bastaría que reprodujera los Copyrights de libro para no infringir los derechos del autor, editorial y traductor?
Hola, Francisco. La mejor forma de asegurarte que no tendrías problema alguno es escribirle a la editorial y comentarle lo que quieres hacer y si obtendrías algún rédito económico por ello (este punto es importante; acláralo). Con seguridad te dirá que no hay problema alguno en tanto menciones al autor, al traductor y la editorial. En parte, estarías haciendo uso del derecho de cita —que está recogido en las leyes de propiedad intelectual de distintos países— aunque la aplicación, interpretación y jurisprudencia difiere según la nación. Con el visto de la bueno de la editorial quedas cubierto.
Hola Mariana,
Tengo una duda sobre los créditos. Estoy diseñando un libro para una empresa y voy a realizar una serie de modificaciones importantes en unas ilustraciones de una ilustradora. La empresa me ha indicado que tiene todos los derechos para que yo pueda realizar las modificaciones. En los créditos consta que se han realizado por la persona que las hizo, es decir pone «Ilustrado por:…». Al haber sido modificadas les dije que habría que ponerlo y la empresa me dice que no ponga que han sido modificadas y que ellos revisarán los créditos antes de publicarlo una vez yo les dé el arte final. Si lo publican sin revisar, ¿podría alguien reclamarme a mí la información incorrecta o la responsabilidad recaería sobre la editorial?
Muchas gracias,
Hola, Clara:
Tú no tendrías ningún tipo de implicación legal porque no tienes los derechos patrimoniales de las imágenes originales para responder por ellas. En última instancia, tu cliente te ha pedido que hagas las modificaciones y tú haces el trabajo que él te solicita y por el cual se paga. Ha sido un detalle de tu parte hacer la aclaración de los derechos de autor.
No sé si parte de tus tareas es averiguar el estado de los derechos de autor de la obra o asesorar sobre esto a la empresa, donde la responsabilidad es moral y profesional (no necesariamente legal). Por lo que expresas en el comentario, entiendo que este no es el caso.
Por lo general, este tipo de cuestiones, que afectan a las modificaciones de una obra, se dejan plasmadas -o deberían estarlo- en un contrato donde se especifica si las ilustraciones pueden recibir modificaciones o no, si estas modificaciones son pequeñas, etcétera (influye bastante el tipo de obra).
De todas formas, y para cuidarte las espaldas, guarda el intercambio de correos sobre este tema.
Saludos.
Muchas gracias por la aclaración, Mariana. Como dices mi tarea sólo implica el diseño, aunque hay veces que disponiendo de la información te sale avisar, con un pequeño comentario puedes ahorrar una gran confusión.
¡Saludos cordiales!
hola marian. Si mi libro lo publico por createspace, pongo imprimido en estados unidos? lo ponen ellos? Soy de argentina y hasta ahora puse los demas datos y me falta el de la editorial. Solo puse Primera edicion editorial CreateSpace
El libro se imprime según el lugar de origen del comprador del ejemplar. Por tanto, mejor poner Impreso por CreateSpace antes que mencionar un lugar que, tal vez, luego no sea el correcto.
Hola Mariana, estoy en proceso de empezar la maquetación de un libro ebook en inglés, y quería preguntarte cómo se hace la página legal según el modelo angflosajón, si es igual al español. Gracias
No necesariamente, porque no existe un modelo en español que pueda copiarse; ni siquiera es obligatorio incluir una página legal en un libro, sea impreso o digital.
Sobre copyright page o edition notice, que es como suelen llamar a esta página en inglés, encuentras información al respecto en esta entrada.
Gracias María por tu respuesta. Tenía una duda relativa al ISBN, se puede comprarlo de Amazon en caso de querer publicar mi libro en Amazon. Gracias de antemano.
Tengo entendido que Amazon no vende ISBN, porque para publicar libros digitales en su plataforma no es necesario tener uno.
Mariana hoy encontré tu artículo buscando información sobre el asunto en la WEB. Te felicito, me parece muy bueno, me refiero a lo sucinto y bien documentado. Gracias por compartir tus conocimientos.
Buenas tardes, tengo una pregunta, estamos editando un libro del que ya hay versión impresa (trabajo en una editorial en México y apenas andamos empezando con libros digitales). En la página legal en la versión impresa dice: Primera Edición, 2017, ¿para la digital como se pone? ¿Edición digital? ¿Primera Edición Digital?, recién nos surgió a varios compañeros aquí en la editorial.
Saludos
Hola, Alejandra:
Que yo conozca, no existe un estándar sino que cada editorial elige qué «denominación» incluir en sus libros. Si miras la página legal de algunos libros digitales verás que en la mayoría no hay referencias a la edición; es decir, no se pone nada. En el libro impreso las ediciones se emplean como sinónimo de tirada. Por eso, cuando un libro va por la tercera edición muchas veces remite a la tercera tirada; es decir, a la tercera reimpresión.
Desde mi punto de vista una nueva edición debe tener algo distinto de la anterior: ser una edición revisada, o una en la que se ha incorporado algo (por ejemplo, fotografías); etc., sino es una reimpresión. Fíjate que hay libros, sobre todos los más viejos, que tienen un listado con las ediciones y reimpresiones.
Por tanto, y en resumen, se puede poner lo que uno quiera y elegir un criterio para que esté unificado en todos los libros. Saludos.
Hola, no se nada en cuanto a cuestiones legales… Pero tengo un libro terminado, que posee muchas lecturas dentro… de todas formas, realizo actualmente un segundo volumen, que contiene, aún más historias (todas de terror). Lo quiero comercializar, en páginas web, para obtener ganancias, aunque más adelante, pienso pasar a imprimirlo. ¿Que tengo que hacer? El único autor, soy yo, nadie más. ¿Cómo se compone? ¿La portada, puedo hacerla yo mismo? ¿Que deben tener las páginas: 1,2,3,4,5? ¿Que deben tener las últimas 3 (tres) páginas?
Agradezco de antemano, tu excelente ayuda, desde ya gracias enromes. Saludos desde Argentina
Hola, Franco. Algunas de tus preguntas son demasiado generales y abarcan respuestas que exceden el espacio de los comentarios y el tiempo que me llevaría responderlas. Sugiero que busques en Google «partes de un libro» y ahí podrás ver alternativas de estructura de los libros y qué se suele poner en cada página. Igual con la composición: hay cientos de videos que pueden ayudarte y, con tiempo, podrás aprender a componer correctamente un libro. Saludos.
Buenos día, interesante tu artículo. Pero tengo una duda y espero puedas ayudarme, estoy en la creación de una pagina web y me gustaría que llegara a ser referencia en las universidades y estudiantes de publicidad, comunicación y diseño gráfico. Tengo pensado armar una pequeña biblioteca digital con libros sobre los temas, en google salen miles de link con un libro pero tener un solo sitio donde conseguirlos todos me resulta atractivo y cómodo. Mi inquietud está en cómo me afectan los derechos de autor de los libros, no los estoy comercializando y tampoco estaría diciendo que los hice yo. Se puede o no? como podría hacerlo?
muchas gracias
No comprendo lo que quieres hacer. ¿Una tienda con los libros de los temas que mencionas? ¿Un listado de enlaces de libros que lleven a otras tiendas? ¿Un recopilatorio de títulos de libros? ¿Yn listado de libros con enlace de descarga (sería ilegal)? ¿?
Tengo pensado hacer una pagina donde habra contenido hecho por mi, artículos sobre los temas antes mencionados, recursos de photoshop que puedan descargar (hechos por mi), tutoriales… y pensé colocar una sección donde se pueda encontrar libros de las carreras que te comente para consultarlos, no para descargarlos.
Siempre que no atentes contra los derechos de autor, los autores y los editores estarán felices de que nombres sus libros, los reseñes, facilites su descubribilidad y encontrabilidad, etc.
Muchas gracias Mariana, ha sido de gran ayuda tanto tu articulo como tus comentarios. Exitos… saludos desde Venezuela
Hola Mariana, gracias por esta entrada tan esclarecedora. Tengo una pregunta: al momento de poner el copyright avisando que tengo los derechos del libro, ¿debo utilizar el nombre de la portada (seudónimo) o mi nombre real? ¿O ambos? ¡Gracias!
Hola, Priscilla. Mejor poner el nombre que uses como autora, el seudónimo. Saludos.
Hola Mariana, veo que recomiendas poner el (c) Seudónimo, Año … ¿aunque realmente el registro de propiedad esté con nuestro nombre real? A mí es lo que me gustaría hacer pero dudo si me puede suponer algún problema. Gracias!
No, para nada. Es lógico que en el registro esté tu nombre real porque el seudónimo es algo ficticio, pero en el libro puedes usar el seudónimo y que tu nombre no aparezca en ningún lado. ¿Cómo crees que se mantuvo en secreto —aunque solo fuera por unos pocos meses— que J.K. Rowling era Robert Galbraith? 😉 Saludos.
Hola!
¿Me podrías ayudar diciéndome dónde puedo encontrar definiciones desde lo editorial de Reimpresión, Versión corregida, segunda edición y Versión actualizada? Necesito una fuente fiable…
Mil gracias!
Fíjate en la colección Libros sobre Libros, en el titulo Editar para ganar, puede que allí haya alguna referencia a lo que comentas. Disculpa que no pueda ser específica, pero estoy hospitalizada y no tengo mi biblioteca a mano. Te agradeceré que me indiques en qué bibliografía lo encuentras, si no escribiré una entrada al respecto.
Hola, tengo una duda, si la ilustración de la portada del libro salió de un banco de imágenes libres de derecho y otra parte de la portada es la imagen de un sello postal ¿Cómo se explica en la página legal?
Pones los dos lugares reconociendo la autoría de la imagen. En una cubierta puede haber dos, tres o más imágenes y varios autores que participen en ella. Libres de derechos no necesariamente habilita para obviar la autoría de la imagen.
Según el caso, como editor-autor puedes poner lo que desees siempre que la imagen no establezca unas determinadas condiciones para compartirla.
Por ejemplo, puedes escribir:
«Diseño de cubierta: Juan Pérez/MTLStock, con la colaboración de María Gómez» o «Diseño de cubierta: Juan Pérez/María Gómez».
Hola, qué tal te tengo una consulta, en caso de que publique un paquete (una caja con su isbn) y dentro de el haya dos o tres libros con códigos de barras diferentes. ¿Que proceso debo seguir? Cómo los registro para ISBN y para relaizar depósito legal? Nadie me da respuesta. SAludos.
Si escribes a la Agencia del ISBN te lo informan. Tienes que sacar un ISBN para el estuche y uno para cada uno de los libros. Luego tienes que llevar la cantidad de estuches y libros que el Depósito Legal de tu comunidad autónoma solicite (3 o 4).
Muchas gracias. Soy de Perú. Pero entonces, si hace tiempo ya publiqué libros de un autor y ahora quiero unirlos en un solo pak (estuche), puedo sacar solo ISBN para el estuche y hacer el deposito legal como es usual. ¿O necesariamente tengo que imprimir otra vez sus libros con nuevos ISBNs para que compongan únicamente este nuevo producto (el estuche)?
Es decir, la idea es que para armar el estuche, no quiero hacer nuevamente libros que ya imprimí hace un año y todavía tengo en stock. ¿Puedo entonces solo sacar el isbn para el estuche y allí meter los libros para hacerles un nuevo deposito legal?
Gracias a tu apoyo está quedando claro. Te lo agradeceré nuevamente.
Entiendo que solo tendrías que sacar un ISBN para el estuche, pero lo mejor será que preguntes en la institución que otorga el ISBN en Perú, ya que no sé cómo funciona allí.
Hola Mariana: Para reimprimir tengo que solicitar nuevo ISBN? (haré un sólo cambio de hecho una palabra por otra o la omitiré) O sólo anotar en los créditos que es una reimpresión.
Saludos cordiales.
Alonso
Hola, Alonso. No hace falta un nuevo ISBN cuando reimprimes un libro aunque hayas hecho correcciones. Y anotar que es la primera o segunda (u otra) reimpresión depende del gusto del editor. Saludos.
En junio autopubliqué en KDP Amazon el libro «Llora, aunque no quieras» que ha tenido una distribución aceptable. Por parte de mis conocidos he recibido todo tipo de críticas, la mayoría muy favorables. Me he dado cuenta de que el resto de los lectores que no me conocen no han podido opinar sobre la obra, opinión que me gustaría conocer y para ello pienso incluir el e´mail, facebook y twitter. El problema es que no sé donde ponerlo, si en la página de créditos o en la contraportada del libro. Me gustaría conocer tu opinión.
Un saludo,
Puees poner los datos de contacto en los dos lados, pero sobre todo en el interior porque si no incorporas una imagen de la contra en em ebook el lector no accederá a esta información en el dispositivo que lea el libros digital. Amazon adiciona la cubierta al archivo del interior, pero no una contracubierta.
Muchas gracias, Mariana. Siguiendo tus indicaciones he incorporado los datos de contacto tanto en la página de créditos como en la contraportada.
Un saludo.
Hola Mariana, me van a publicar un libro muy pequeño, 6 x 8 cms.¿Dónde se puede colocar el código de barras, puesto que en el exterior de las portadas ocuparía demasiado espacio.Un saludo.
Más pequeño, pero en el exterior, en la contracubierta. Recuerda que el código de barras es un código comercial y por ahí tiene que pasar el lector de códigos. ¿Te imaginas abrir un yogur, un juguete, etc., para que te lo puedan vender? 😉 Pues, lo mismo vale para un libro.
Saludos, Armando.
Hola y enhorabuena por esta publicación. Te consulto lo siguiente:
En el caso de una novela publicada en diciembre de 2018 en su primera edición y en marzo de 2019 la segunda, lo indicamos en la página de créditos de este modo: «Primera edición: diciembre de 2018», y en la línea de abajo, «Segunda edición, marzo de 2019», Hasta aquí bien, no hay duda. Ahora bien, unas líneas más abajo ponemos el nombre del autor ¿qué año debemos poner al lado, en esta segunda edición? «Fulanito de tal, x» (¿2018 o 2019?). Lo mismo un poco más abajo: «De esta edición: Ediciones Menganito, X ¿(2018 o 2019)? Gracias
Si he entendido bien, Fulanito de tal ha escrito la obra una sola vez, así que al lado de su nombre debe figurar un solo año, el año de la primera publicación de su obra transformada en libro. Esta entrada puede ayudarte, Carmen: Diferencia entre edición y reimpresión en los libros, y otras yerbas. Saludos.
Gracias. En realidad no se trataría de una reimpresión, pues en esta segunda edición se han cambiado varios párrafos, e incluso el modo de morirse de uno d elos personajes secundarios.
Entonces si es una nueva edición, pero la momento de creación de la obra madre (por llamarla de algún modo) es el mismo. Si se ponen dos fechas al lado del autor creo que despistaría. Ahora mismo no tengo libros a manos como para revisar esto.
Gracias, tanto lo compartido así como las rptas.a los comentarios me han ayudado a entender mejor lo que hay que colocar en la hoja de créditos. He terminado mi primer ebook, solo me queda una pequeña duda si uno usa una aplicación para la tapa/portada, de una imagen/foto sacada desde el programa Canva de acceso gratuito, esta info debe de ir en la hoja de crédito? ©Ilustraciones, por Canva. O no es necesario? de ahí todo lo demás, la creación del libro es de mi autoria (autora/editora).
En este enlace tienes los usos permitidos y los prohibidos del material de Canva y en el punto 8 de las prohibiciones dice que queda prohibido utilizar Stock Media con fines editoriales sin incluir el siguiente crédito “© [inserte el nombre del colaborador] a través de Canva.com». Por tanto, es obligatorio incluir tal citación en el libro.
Hola Mariana, en el caso de un anuario para una institución educativa que no lleva ISBN, ¿qué información legal debería figurar sí o sí?
Mucas gracias
Hola, Aixa. Los requisitos legales dependen de cada país, de las leyes que rijan la publicación de libros. En España la única obligación legal es incluir el depósito legal y hasta tiene excepciones. Los demás datos son consuetudinarios.
Hola, mi duda es si la pagina de legales puede ir al final del libro.
Sí, aunque tradicionalmente es la página 6 no hay impedimento para ponerla al final. En los libros digital es más corriente ponerla al final.
¡Muchas gracias! ya he pasado varias veces por el blog. Pero esta es la primera en que me detengo a comentar porque en serio me ayudaste mucho con las dudas que tenía. ¡Excelente blog!
Me alegro por ello. 🙂
Hola,
Soy un autor autofinanciado (independiente), de mi bolsillo pago por todo, por las correcciones, ilustraciones, portadas, etc. Es decir, las otras personas que intervienen trabajan por contrato en la cuales yo les pago. Mi pregunta es la siguiente: muy a pesar que poseo todo los derechos de la obra, ¿debo hacer mención en los créditos de estas personas?
Estaré aguardando por tu respuesta.
¡Muchas gracias!
Según el caso, sí o no. Por ejemplo, el autor de las ilustraciones (fotografías, mapas, iconos, etc.) porque aunque tú le hayas pagado a tanto alzado y no reciba regalías por las venta de tu libro continúa siendo el autor de las ilustraciones y el derecho moralde creación es irrenunciable a menos que el autor sea empleado tuyo (art. 51 de la LPI). Al diseñador de la cubierta se lo suele mencionar porque crea el diseño de la cubierta (igual si lo hiciera con el interior de un libro, revista, periódico, etc.); mientras que la mención al editor, corrector, maquetador, etc., es voluntaria en tanto no son creadores y la ley no te obliga expresamente a su citación.
Y una cosa más, no solo debes hacer mención de los autores que colaboran en tu obra, sino que también debes tener la autorización, por escrito, para poder usar sus creaciones en la tuya; es decir, tener los derechos correspondientes para usarlas, reproducirlas, distribuirlas, etc.
Saludos.
Tengo que enviar maquetar una neovela. Quisera saber si en en la solapa donde suele publicarse reseña y foto de autor, puede variar. Por ejemplo: Juan Pérez – «La noche oscura» y en solapa : Juan Pérez García.
Felicitaciones por v/nivel de comunicación y ¡muchas gracias!
Poder se puede, es cuestión de gustos.
Hola que tal…muchas gracias por la información brindada.
Tenia una duda, al momento de escribir los créditos, debo colocar el programa que usé para sacar algunas imágenes o dibujos, o no es necesario?
No es necesario la mención al software usado.
Mariana: Soy Rodolfo el de «La noche oscura», agradecido por su «poder se puede, es cuestión de gustos». La cuestión ahora es que la malhadada novela que debió publicarse durante este año, se retrasó hasta noviembre/diciembre. La consulta ahora sería si por razones de distribución, marketing y esos asuntos, conviene hacerlo ahora o esperar hasta el año próximo?
¡Muchas gracias! Y ratifico admiración por vuestro trabajo.
Si 2020 ha sido raro, 2021 es incierto. Son tiempos diferentes y desconocidos… Si la novela es buena y gusta a su público se venderá en cualquier época del año. Saludos.
Hola, tendrá algún articulo que explique como registrar el libro?
Sí, en esta entrada: Cómo registrar una obra: sistemas de registro de la propiedad intelectual.
Hola Mariana, muchas gracias por el artículo y las respuestas a las dudas de los colegas. Yo tengo una pregunta: ¿En una revista impresa, a qué se refiere en el número del año? Por ejemplo: Año 1, ¿es a un número de ediciones en particular, o tiene que ver con el año en específico en que salió la revista? Por ejemplo, trabajamos dos ediciones de la revista en 2020, lo que corresponde a Año 1, ¿para 2021 tendríamos que cambiar a Año 2?
Hola, Iván. El número refiere al tiempo de la revista. Así, el primer año es el Año 1, el segundo el Año 2, etc. Efectivamente, en el caso que expones, el año 2020 fue el Año 1 de la revista y el 2021 es el Año 2, independientemente de la cantidad de volúmenes que se publiquen durante el año. Saludos
Buenas tardes, Mariana.
En caso de que un corrector de estilo haya hecho la revisión de mi texto, ¿es necesario incluirlo en los créditos editoriales? De ser así, ¿cuál sería el respectivo formato?
Hola, Juan. Es una decisión personal del editor o autor la inclusión de los correctores y demás profesionales en los créditos de un libro, en tanto no sean autores de texto u otros elementos gráficos. Y, por lo mismo, el formato es el que desee. Con una apañado Correcciones: quedan todas las revisiones englobadas.
Buenas tardes Mariana. Primeramente, muchas gracias por la información que nos facilita a través de su página web. Sin lugar a dudas, resulta de gran utilidad. Quería hacerle unas preguntas en relación al uso del seudónimo. Primero, si lo recomendaría. Segundo, ¿a través de qué documentos oficiales queda constancia del seudónimo en relación al nombre real del autor de la obra? Es decir, ¿sería suficiente con indicarlo en el formulario de solicitud del número de Depósito Legal o recomendaría hacer algo más, como algún tipo de declaración notarial? Por último, comenta que en la página de créditos, suele indicarse © previo a los nombres de aquellos que tengan derechos patrimoniales/económicos sobre la obra. ¿Cómo sería en caso de utilizar seudónimo? Estas consultas serían partiendo de la situación de una autopublicación y venta de la obra directa a través de internet por parte del mismo autor. Muchísimas gracias.
Hola, Elisa. 1. Depende de lo que quiera cada autor y de las razones que haya para usar o no un seudónimo. 2. En el registro de la obra, porque depende de si quieres mantener en el anonimato la persona que está detrás del seudónimo o no. 3. Con el seudónimo, si no quiere revelar la identidad; caso contrario, como te apetezca. Saludos.
Hola Mariana, excelente tu artículo. Yo tengo una pregunta dentro del contexto, sobre si escribes una obra libre de derechos de un autor del siglo antepasado y le haces unos arreglos ¿el copyright lo haces a tu nombre? obvio que en el título llevará el nombre del autor original, y el nombre del quien hace la variante en segundo término. Gracias!
Hola, Héctor. Por un lado, tú no puedes escribir una obra ya escrita, supongo que te refieres a modificar una obra escrita por un autor en dominio público (DP) y que eso entiendes por «arreglos». Con las obras de dominio público no se puede hacer cualquier otra obra y hay condiciones para su uso, entre ellas, reconocer la autoría y mantener la integridad de la obra. Si tú has hecho comentarios y anotaciones sobre una obra de DP entonces estamos ante una nueva obra que se llama obra derivada y esta nueva obra sí es de tu autoría, y tiene derechos de autor (tuyos).
Al ser parte de un texto con ISBN, me solicitan el ISBN y la pagina legal ¿hay diferencias engtre ello??
Qué es una página legal o de créditos y para qué sirve lo tienes explicado en esta entrada y lo mismo sobre el ISBN aquí.
Muchos saludos, Mariana Eguaras.
Al tratarse de una disquisición, sobre todo de orden legal, el tema desarrollado en esta nota informativa, me permito, con su venia, hacer una precisión, que no implica, por supuesto, renunciar a la soberana decisión de acogerla o no, porque al final se trata apenas de un criterio personal.
Al principio Usted se refiere a «norma consuetudinaria», y en tal sentido, considero que debería referirse más bien a una «práctica o costumbre consuetudinaria», toda vez que por definición, una norma, de naturaleza jurídica, o regulatoria de una actividad, debe estar escrita y promulgada por autoridad legislativa competente.
En cambio, cuando nos referimos a una «práctica», (adjetivo) que enseña el modo de hacer algo (DRAE) la conducta nos remite a una costumbre arraigada en el tiempo, pero que aun no ha sido estructurada de conformidad con la técnica legislativa como precepto jurídico.
Vale.
Por lo demás, el resto de la información resulta muy interesante y útil, porque pone de relieve, para los autores de cualquier obra escrita, el complejo entramado legal (de cumplimiento obligatorio) de prácticas editoriales y costumbres en la actividad de las artes gráficas, que sobrevendrán con la decisión de publicar el producto de su intelecto.
Felicitaciones.
Gracias por tu comentario y aclaración, Oscar.
Buenas noches, una consulta por favor, en el caso de la Biblia, indica copyright © 1962, 1958 library publisher, Inc,
Copyright © 1962, 1958 under copyright union by library publisher, esto indicaría que esta Biblia se imprimió en 1962, no es cierto?, Gracias por su respuesta
Eso se entiende, sí. En caso de que no hubiera una frase explícita sobre el año de publicación y necesitase mencionar este dato en algún lado puede escribir 1962 como año de publicación.
Buenas tardes, tengo una consulta que hacer. En la editorial donde trabajo se hacen libros impresos y su versión electrónica. Yo como diseñador me encargo de preparar los archivos del libro impreso para su conversión a digital. Mi duda es si para el libro digital debo dejar el ISBN del libro impreso tanto en la páginal legal como en la cuarta de forros, o bien solo incluir el ISBN de la versión digital. La otra pregunta es ¿para el libro digital se deja también el colofón del libro impreso? Saludos y muchas gracias por su respuesta.
Hola, Demian:
Si bien el ISBN del libro impreso debe ser diferente del libro digital, algunas editoriales incluyen ambos ISBN en la edición impresa. Por tanto, es una decisión editorial. Algo similar pasa con el colofón. Desde mi perspectiva, según lo que este diga, sería pertinente incluirlo o no en una versión electrónica, porque si el colofón se refiere a la edición tiene sentido dejarlo en la versión digital, pero si remite a la impresión no. Saludos.
Gracias Mariana por esta publicación.
Estoy autoeditando mi primer foto-libro sobre fotografía callejera en Palermo. La página con el texto legal era lo último que me faltaba y tu artículo ha sido de gran ayuda.
Me alegro que el artículo te haya resultado útil, Ramón. Saludos.
Hola Mariana, muchas gracias por la información presentada.
Quiero preguntarte cómo se debe indicar en la página de créditos una cesión de derechos de impresión. A una editorial «hermana» (y de otro país) le hemos cedido la posibilidad de que imprima una determinada cantidad de ejemplares de un libro nuestro en su país. ¿Se debe indicar que es una nueva reimpresión pero además que los derechos fueron cedidos para esta reimpresión?
Gracias
Macarena
Hola, Macarena. En la página legal tú puedes incluir lo que desees, así que ahí puedes hacer constar la cesión de derechos de impresión y distribución mediante una frase.
Entiendo que el libro llevará un ISBN distinto en el otro país, por lo que, es una nueva edición (caso contrario, es una reimpresión y lo que cambia es únicamente la imprenta).
Saludos.